Una persona inmigrante y sin documentos
legales en los Estados Unidos de América puede solicitar la Entrevista de
Miedo Creíble. Esta solicitud se
hace en base a que la persona tiene miedo de regresar a su país, este puede ser
por razones de extorsión, violencia, tortura, o por algún daño o maltrato que
haya sufrido la persona o algún familiar cercano. Esta solicitud se puede hacer
independientemente si la persona está detenida en un centro de detención o no.
La entrevista de miedo creíble se solicita
al Departamento de Seguridad Nacional (Department
of Homeland Security) de los Estados Unidos y es llevada a cabo por un Oficial
del Departamento de Asilo (Asylum Office).
Durante la entrevista el oficial interroga a la persona del por qué esta tiene
miedo de regresar a su país, así también por quien, cuándo y cómo fue infligido
el daño. El inmigrante tiene la oportunidad de explicar su caso con el oficial
con la seguridad de que su caso es confidencial y que este no se divulgará con
nadie más, ni siquiera con el gobierno del país de donde la persona provenga.
Luego de que la entrevista haya sido
realizada el oficial del Departamento de Asilo evalúa el caso de la persona
inmigrante para corroborar si cumple con los requisitos que el miedo de la
persona sea creíble, es decir si ha demostrado que existe un peligro o riesgo si regresa a su país. Si el oficial
determina que el miedo es creíble la persona tendrá la oportunidad de presentar
su caso de asilo ante la Corte de Inmigración (Immigration Court), el cual después de un proceso de diferentes
cortes el Juez de Inmigración determinará si la persona aplica para recibir
asilo en los Estados Unidos.
Si el oficial de asilo (Asylum Officer) determina que el miedo
no es creíble, es decir que el caso de la persona no cumple con los requisitos
para que la persona pueda solicitar asilo en los Estados Unidos, el inmigrante
tiene la oportunidad de poder pedir que el juez de inmigración revise la
decisión del oficial de asilo. Por lo
tanto se programará una cita con el Juez de Inmigración (Immigration Judge) donde la persona tendrá la oportunidad de poder
exponer su caso nuevamente y explicar en detalle en que consiste su miedo de
regresar a su país. Si el Juez de Inmigración considera que el miedo de la
persona es creíble le otorgará la oportunidad al inmigrante de presentar su
solicitud de asilo ante la Corte de Inmigración e iniciará un proceso como el
mencionado en el párrafo anterior.
Si el Juez de Inmigración considera que el
miedo de la persona de regresar a su país no es creíble el caso y afirma la
decisión del oficial del asilo, el caso pasa a manos del Departamento de
Seguridad Nacional nuevamente y la persona tiene la oportunidad de presentar
otro recurso. Este recurso consiste en
la Moción de Reconsiderar los hallazgos de la Entrevista de Miedo Creíble (Motion to Reconsider Negative Findings of
the First Credible Fear Interview). Este documento le otorga la oportunidad
al inmigrante de presentar pruebas que no hayan estado disponibles al momento
de la entrevista de miedo creíble porque fueron sucesos o eventos que
ocurrieron en un lapso de tiempo después de la entrevista. Si el Departamento de Asilo aprueba la Moción,
el inmigrante tendrá una nueva entrevista de miedo creíble para presentar su
caso ante un oficial de asilo. Si el oficial considera que ahora sí existe un
miedo creíble, el inmigrante tendrá la oportunidad de solicitar asilo ante la
Corte de Inmigración. Si el oficial
determina que el miedo sigue siendo no creíble la persona tendrá que regresar a
su país de origen.
La entrevista de miedo creíble le brinda la
oportunidad a una persona inmigrante de solicitar un caso de asilo ante la
Corte de Inmigración, siempre y cuando su miedo sea creíble, es decir que su
caso cumpla con los requisitos del Departamento de Seguridad Nacional.
Escrito por el abogado de inmigración Petro
Kostiv
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