Por el abogado Petro Kostiv
El Acto de
Inmigración y Nacionalidad (“INA” por sus siglas en inglés) permite a un juez
de inmigración ordenarle a una persona que sea removida en ausencia si
el gobierno establece evidencia clara, inequívoca y convincente que una
notificación por escrito fue provista y que la persona es sujeta de
deportación. Existen dos situaciones principales en las cuales los
individuos que recibieron una orden de deportación en ausencia pueden
reabrir sus casos:
( 1) No recibieron la notificación para su cita
ante la Corte de Inmigración.
( 2) No se presentaron a su audiencia por
circunstancias excepcionales.
El término
“circunstancias excepcionales” se refiere a situaciones que están fuera del
control del inmigrante, tales como: agresión o extrema crueldad al inmigrante o
hijo o padre del inmigrante, enfermedad grave del inmigrante, o enfermedad
grave o muerte de la esposa, hijo, o padre del inmigrante, entre otras
circunstancias.
Adicionalmente,
una orden puede ser rescindida si el demandado demuestra que él o ella estuvo
bajo custodia estatal o federal y que el fallo de no haberse presentado a la
Corte de Inmigración no fue culpa del demandado.